21 de noviembre de 2024

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Avanza la regulación de los alquileres temporarios: los contratos serán por hasta 90 días y en pesos

Avanza la regulación de los alquileres temporarios: los contratos serán por hasta 90 días y en pesos
Las senadoras Ana María Ianni (izquierda) y Mariana Juri (centro), autoras de los proyectos que recibieron dictamen (Foto: Comunicación Senado)

Un proyecto consensuado recibió dictamen unánime en el Senado. Plataformas digitales como Airbnb deberán utilizar la moneda nacional para ofertas dentro del país. Se crea un registro nacional y las provincias y CABA deberán adherir.

Mientras continúan las negociaciones por la nueva ley de alquileres, oficialismo y oposición llegaron a un acuerdo como no se veía desde hace tiempo en el Senado para avanzar en la regulación de los alquileres temporarios con fines turísticos y las plataformas que publican esos servicios, como Airbnb. Si la norma es sancionada, los contratos deberán ser en pesos, por un lapso de hasta 90 días.

Los senadores firmaron un dictamen “exprés” en un plenario de las comisiones de Legislación General y de Turismo tras negociaciones que se extendieron hasta última hora del miércoles, y el debate ahora pasó al recinto. Se unificaron proyectos de la santacruceña Ana María Ianni (Frente de Todos), legisladora identificada con la vicepresidenta Cristina Kirchner, y la mendocina Mariana Juri (UCR), mano derecha de Alfredo Cornejo.

Además, hubo manifestaciones de apoyo por parte de la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) y la Federación Nacional de Inquilinos.

El texto consensuado define a los contratos de alquiler temporario turístico como “servicio de alojamiento en viviendas con fines turísticos utilizadas total o parcialmente por un período mínimo de un día que incluya al menos una pernoctación y un máximo de 90 días”. Esos parámetros son los que establece la Organización Mundial de Turismo, explicó Juri.

El eje de la iniciativa es la creación de un “Registro nacional de viviendas de alquiler turístico temporario” que funcionará en el ámbito del Ministerio de Turismo de la Nación, con el fin de formalizar el mercado y aplicar sanciones a propietarios y administradores que no registren sus inmuebles. Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán adherir a la futura ley.

Las plataformas digitales como Airbnb que “ofrezcan, intermedien, y/o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos” tendrán una serie de obligaciones, como habilitar un campo para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad. Además, deberán “proceder a la baja, retiro o suspensión” de toda publicación que no posea ese número.

Pero uno de los aspectos más destacados es que las plataformas “tendrán que utilizar la moneda nacional para los anuncios u ofertas de unidades habitacionales que surjan como resultado de las búsquedas realizadas desde el territorio nacional”.

Para procesar los pagos efectuados por huéspedes con la intermediación de plataformas cuando las transacciones se realicen a través de medios de pago electrónicos respecto de viviendas ubicadas en el país, también se deberán utilizar pesos argentinos.

Acuerdo

“Esta nueva modalidad está avanzando en el mundo pero no cuenta con un marco regulatorio” en nuestro país, argumentó Ianni, y agregó: “Desde marzo recibimos inquietudes no solo del sector turístico en cuanto a la informalidad de este tipo de alojamientos, que viene incrementándose en los últimos años, sino también por lo que afecta a aquellos inquilinos que quieren alquilar de forma permanente una vivienda”.

La santacruceña aclaró que el proyecto “no es prohibitivo. No buscamos ni desestimar este tipo de oferta ni las plataformas digitales, que hoy son las vedettes. Lo que queremos es dar fin a una competencia desleal que se ocasiona porque no hay normativa”.

Por su parte, Juri aseguró que “esta ley apunta a darle las garantías suficientes a quienes pretenden poner sus propiedades en alquiler turístico” y habló de una ley “moderna” en comparación con otras partes del mundo.

“Al no estar incluido el alquiler temporario en nuestro Código Civil y Comercial, pueden ocurrir cosas como, por ejemplo, que los turistas se instalen con menores en esos departamentos y que no se vayan nunca, y que el locatario empiece con un inconveniente serio. Y para los turistas puede traer problemas de seguridad, porque nadie controla los escapes de gas o la electricidad porque son propiedades privadas”, describió.

El debate sobre los alquileres temporarios pasó al recinto del Senado (Foto: Comunicación Senado)
El debate sobre los alquileres temporarios pasó al recinto del Senado (Foto: Comunicación Senado)

La puntana Eugenia Catalfamo, del bloque Unidad Federal, acompañó el dictamen pero advirtió que “es fundamental la fiscalización”. “Si van a saltar el sistema e ir por afuera, que se cumplan las sanciones”, reclamó, e incluso propuso que haya penalidades más duras.

En el mismo sentido, el camporista Mariano Recalde consideró que “no basta con tirar una ley y expresar un deseo. Hace falta que el Estado tenga un rol activo en el control y en el cumplimiento de esta ley. En la Ciudad de Buenos Aires existe este registro hace cuatro años, hay 26.000 unidades ofrecidas por la plataforma y solo 583 están registradas”.

“Para que esto no caiga en letra muerta, no solo se requiere de una ley y un consenso de todas las fuerzas políticas, sino también de un gobierno local y nacional presente y activo a la hora de hacer cumplir las normas”, insistió, en una crítica solapada a la gestión de Horacio Rodríguez Larreta.

Al finalizar el debate, el presidente de la Comisión de Legislación General, Daniel Bensusan (Frente de Todos) sostuvo que “en las relaciones contractuales es necesaria la intervención del Estado para equilibrar los intereses de cada una de las partes”.

El dictamen firmado indica que, para poder inscribirse en el nuevo registro nacional, el propietario o administrador deberá contar con la habilitación para ofrecer el servicio “emitida por las autoridades competentes de sus respectivas jurisdicciones”, y cumplir con las obligaciones tributarias y fiscales correspondientes.

También se establecen las obligaciones que tendrá el propietario o administrador, como por ejemplo la de “entregar la vivienda en condiciones de habitabilidad y en los términos pactados”. Y a los huéspedes se les ordena “observar las reglas” y “respetar las instalaciones y equipamientos”.

Las sanciones por incumplimientos en la oferta de alquileres van desde apercibimientos hasta suspensión en el registro nacional por un máximo de 90 días corridos, o directamente la baja del mismo. Una vez que opera la baja, “la unidad en cuestión no podrá ponerse nuevamente en el mercado de alquileres temporarios turísticos por un lapso de cinco años a contar a partir de que quede firme la sanción”. Si se comprueba que el responsable del inmueble sigue ejerciendo la actividad, recibirá multas.

Para las plataformas, las sanciones van desde multas hasta suspensión para operar en el país o el cese definitivo de actividades en el país.

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