Se suspenden juicios de ejecución fiscal y la baja de oficio y las exclusiones en el régimen simplificado.
El Ministerio de Economía lanzó una serie de medidas de alivio tributario para empresas y monotributistas que incluye un plan de facilidades de pago para deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
A su vez, se suspenderán los juicios de ejecución fiscal y la baja de oficio del monotributo.
El Ministerio de Economía instruyó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que a implemente esta medidas a través de la Resolución 1416/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Las medidas serán explicadas este mediodía por el ministro de Economía, Sergio Massa, quien hablará en el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
Según la resolución, Plan de Facilidades de Pagos alcanzará a deudas vencidas al 31 de agosto correspondiente a obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
Podrán ingresar:
a) Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1- con “Certificado MiPyME” vigente a la fecha de adhesión al plan.
b) Personas humanas y sucesiones indivisas que sean considerados pequeños contribuyentes de acuerdo a lo que determine la AFIP.
c) Entidades sin fines de lucro bajo alguna de las formas jurídicas que determine la AFIP.
d) Otros pequeños contribuyentes de acuerdo a lo que disponga la AFIP.
“Seguramente recién se podrá adherir al plan en octubre por lo cual la recaudación que pueda obtener este Gobierno será la cuota que venza en noviembre y, eventualmente, algún pago a cuenta que se cobre en octubre”, señaló al respecto el tributarista Sebasitián Domínguez.
Asimismo, se suspenderán hasta el 31 de diciembre los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares. Esta medida alcanzará a los contribuyentes y responsables que puedan solicitar la adhesión al Plan de Pagos
Massa también anunciará la prorroga de los vencimientos del pago de jubilación autónomos de septiembre a diciembre de este año, con excepción de directores de sociedades anónimas, gerentes de SRL, y otros administradores de sociedades.
También se prorrogará el IVA correspondiente a los períodos fiscales de septiembre a diciembre para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1- con “Certificado MiPyME”
En otro orden, AFIP modificará el régimen de retención del impuesto a las ganancias establecido por la Resolución General 830. Podrá modificar los tramos de las escalas y las alícuotas aplicables.
“Esto es algo que se viene solicitando hace años debido a que la última actualización se efectuó en 2019, situación que genera retenciones de ganancias muy altas”, precisó Domínguez.
Respecto a los monotributistas se suspende hasta el 31 de diciembre el procedimiento para excluirlos y para darlos de baja ante la falta de pago de 10 cuotas consecutivas.
“La AFIP no aplicará los procedimientos de exclusión hasta el 31/12/2023 pero podría hacerlo con posterioridad”, aclaró Domínguez.
Economía también lanzará un Régimen Opcional para presentación de declaraciones juradas y pagos de vencimientos en enero 2024.
En este caso se deberá ingresar un pago a cuenta por cada obligación, en los términos y condiciones que establezca la AFIP.