Tras conocerse la polémica decisión que dejaba afuera a quienes pidieron el “IFE” de $94.000, el Gobierno nacional decidió incluirlos.
Después de la polémica por la exclusión, ahora el Gobierno anunció que los dos millones de beneficiarios del refuerzo “IFE” de $94.000 (trabajadores informales) serán incorporados al régimen de reintegros “Compre sin IVA”, es decir, la devolución del 21% en compras con tarjetas de débito en productos de la canasta básica con tope de $18.800 mensuales.
La medida regirá hasta el 30 de diciembre, y de ser convertido en Ley el programa de reintegro del IVA se mantendrá de manera definitiva.
”A los dos millones de beneficiaros del programa de refuerzo para las personas que trabajan en la informalidad vamos a incorporarlas al programa de devolución del IVA”, dijo el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, al anunciar la medida en un comunicado difundido por la agencia estatal Télam.
Señaló que la medida apunta a que “de acá al 30 de diciembre, y si es ley definitivamente, puedan recibir también la devolución del IVA cuando realizan compras de alimentos, medicamentos, bebidas, carne, verdura, fruta, productos de higiene y productos de higiene del hogar”.
La exclusión de la devolución del IVA de quienes se anotaron al bono de $94.000 había sido informado por -justamente- fuentes del Gobierno a Clarín. Veinticuatro horas después y publicado en los medios nacionales, el Gobierno cambió la decisión.
El programa “Compre sin IVA” se puso en marcha el 18 de septiembre con vigencia hasta fin de año, para la devolución del Impuesto al Valor Agregado en las compras de consumo realizadas con tarjeta de débito.
De este modo, se devuelve hasta $18.800 por mes y por beneficiario, a quienes no excedan un ingreso equivalente a 6 haberes mínimos.
En tanto, el “IFE” de $94.000 se paga en dos cuotas de $47.000 a trabajadores informales (”en negro”) que cuenten con una serie de requisitos (ver detalles aquí). La inscripción sigue abierta durante todo el mes de octubre, a través de la página web de la Anses o en las oficinas del organismo previsional.
QUIÉNES SÍ PUEDEN ACCEDER AL REINTEGRO DEL IVA CON DÉBITO
Los que acceden a la devolución del IVA son:
- Quienes cobran jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales, que no excedan de seis haberes mínimos.
- Quienes sean titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), hasta seis haberes mínimos.
- Quienes sean titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE). En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
- Beneficiarios de Potenciar Trabajo.
- Titulares de Tarjeta Alimentar.
- Trabajadores de casas particulares.
- Trabajadores informales que pidieron el bono de refuerzo de $94.000.
- Monotributistas.
- Quienes trabajen en relación de dependencia (formal), con un ingreso mensual de hasta seis veces el salario mínimo, vital y móvil.