20 de abril de 2024

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Fijate a partir de cuántos meses de trabajo se paga el aguinaldo y cómo se calcula

Si llevás menos de un año, o incluso menos de un mes en un trabajo, ¿te corresponde el medio sueldo anual complementario? ¿Qué dice la Ley?

Todos los trabajadores deben recibir un Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre, pero a diferencia de lo que pasó a fin de año, el pago de la primera parte, no se adelanta.

Pero qué sucede cuando un trabajador lleva menos de un año, e incluso menos de 6 meses en un trabajo, ¿se cobra el aguinaldo?

Sí, pero en este caso, el pago es proporcional, según el siguiente cálculo:

Se divide el salario por 12 y se calcula por los meses trabajados.

Ejemplo 1 - proporcional: empezaste a trabajar en marzo de 2023, es decir, llevás cuatro meses (al cerrar junio). Tu salario es de $100.000. El medio aguinaldo que se abona en junio corresponderá a (100.000/12) x 4. El valor del aguinaldo es $33.333.

Ejemplo 2: empezaste trabajar hace tres años (número al azar). El mejor salario del primer semestre de 2023 equivale a $100.000. El medio aguinaldo que se abona en diciembre corresponde a la mitad, es decir, $50.000.

Calculá aquí tu aguinaldo

¿Cuándo se cobra el aguinaldo?

Es que el SAC es abonado en dos partes (dos medios sueldos): la primera de ellas el 30 de junio y la segunda, el 18 de diciembre de cada año.

Así, los trabajadores pueden recibir el aguinaldo recién en julio (dependiendo de cuándo cobren sus salarios del mes de junio), mientras que en diciembre, están acostumbrados a cobrarlo antes de las fiestas de fin de año.

El aguinaldo contempla solo conceptos "remunerativos": Foto: Shutterstock
El aguinaldo contempla solo conceptos "remunerativos": Foto: Shutterstock

¿Cuánto se cobrará por el aguinaldo de este año?

La Ley N° 23.041 establece que debe calcularse sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro del semestre. Pero en los últimos acuerdos salariales se incluyeron conceptos “no remunerativos”, y si no se aclaró específicamente lo contrario en paritarias, estos no se incluyen.

Así, no todos los conceptos que conforman el monto de dinero final que recibe un empleado en relación de dependencia son “remunerativos”.

¿Qué incluye el pago del aguinaldo?

En el aguinaldo se incluyen “horas extras y comisiones” que el trabajador pudiera haber realizado durante el semestre que se considere. Es decir, se toma en cuenta para calcular la mejor remuneración.

Si durante los meses previos al pago del aguinaldo el trabajador hubiera reducido su jornada laboral, corresponderá el pago de “la mejor remuneración devengada”, sin computar dicha reducción de mutuo acuerdo.

Si un mes se hubiera cobrado más, por incluirse un retroactivo, éste se prorratea en los meses en los que se debió cobrar, y esa proporción se incluye en el aguinaldo.

  • Por el contrario, los conceptos no remunerativos no se incluyen en el cálculo del aguinaldo, por no tener naturaleza remunerativa o salarial.
  • El pago de “maternidad” también queda excluido, por ser subsidio, y no sueldo; y el mismo criterio se aplica para todos los beneficios sociales.
  • Las licencias sin goce de sueldo tampoco se computan.
(Imagen ilustrativa / Web)
(Imagen ilustrativa / Web)

¿LOS JUBILADOS COBRAN AGUINALDO?

Sí, el Sueldo Anual Complementario también se paga a los jubilados. Perciben un monto correspondiente a la mitad de la jubilación. Se abona el mismo día en que cobran sus haberes normalmente, según el número de terminación del DNI.

Con el nuevo aumento, la jubilación mínima ascenderá de $58.665,12 a $70.937,86. Asimismo, en el mes de junio se pagará el medio aguinaldo, por lo que un jubilado de la mínima percibirá 121.407 pesos.

¿El aguinaldo pagará Ganancias?

Según se publicó en el Boletín Oficial, los trabajadores que cobren un salario bruto de hasta $506.230 desde mayo quedarán exceptuados del pago al impuesto a las Ganancias, y ese tope se extiende al medio aguinaldo.

“Se tiene en cuenta el sueldo bruto promedio mensual, a partir de mayo en adelante, y si ese sueldo promedio está por debajo de los $506.230, en ese caso no se le retiene nada al empleado en relación de dependencia -eso puede contener además del sueldo, algún adicional por antigüedad, algún concepto remunerativo o no, de acuerdo con el convenio colectivo de trabajo-. Entonces, el aguinaldo, se paga en el mes de junio y en diciembre, y si entre mayo y junio, que son los meses sobre los que se va a liquidar, ese sueldo bruto promedio está por debajo de los $506.230, todo el aguinaldo se encuentra exento de Ganancias”, explicó a Los Andes Fernando López Chiesa, del estudio Lisicki Litvin y Asociados.

“El tema es que si, por ejemplo, en mayo no lo supera, pero en junio sí, todo el aguinaldo va a quedar alcanzado por el impuesto”, completó el especialista.

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