Un exárbitro de fútbol fue condenado por dos casos de ciberacoso a jugadores de inferiores de Newell’s

Un exárbitro de fútbol fue condenado por dos casos de ciberacoso a jugadores de inferiores de Newell’s
Martín Bustos - Archivo

Se trata de Martín Bustos. Se hizo pasar por masajista deportivo y le ofreció al chico realizar una sesión de masajes.

Condenaron a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de ciberacoso sexual infantil al exárbitro de fútbol Martín Bustos. La justicia probó que el hombre se puso en contacto con dos menores de las divisiones juveniles del Club Newell’s Old Boys para atentar contra su integridad sexual, informaron fuentes judiciales.

Bustos fue condenado a esa pena, que cumplirá en libertad pero con reglas de conductas que deberá observar para evitar ir a la cárcel, al finalizar este martes un juicio oral en el Centro de Justicia Penal de Rosario, sobre hechos ocurridos entre mayo y julio de 2019.

El exárbitro de fútbol enfrenta cargos similares en la provincia de Buenos Aires por casos ocurridos con juveniles del club Independiente de Avellaneda, recordaron voceros judiciales.

Según informó hoy el Poder Judicial local, Bustos fue condenado por el delito de grooming, en dos oportunidades, en calidad de autor, en concurso real y en grado consumado.

El exárbitro se hacía pasar por masajista

La fiscal del debate oral, Luciana Vallarella, acusó a Bustos de haber contactado por medio de la aplicación de mensajería WhatsApp a un jugador de las divisiones inferiores de Newell’s Old Boys, de 14 años.

Para eso, el acusado cambió su nombre por el de “Martín Lucero”, se hizo pasar por masajista deportivo y le ofreció al chico realizar una sesión de masajes, por la que le pidió $200, en mayo de 2019, precisaron las fuentes.

Un mes antes de realizar esos contactos por WhatsApp desde un teléfono móvil con característica de Buenos Aires, Bustos creó una cuenta de Instagram que llamó “Los masajes deportivos”, mediante la cual “publicitaba sus presuntos servicios”, sostuvo el juez en la sentencia.

Además, según la fiscal, el exárbitro también le pidió a la víctima que le brinde contactos de otros futbolistas menores de edad, que al igual que él residían entonces en la pensión que el club Newell’s Old Boys pone a disposición de jugadores de inferiores provenientes de otras ciudades.

De acuerdo con la investigación, Bustos citó al menor de 14 años en un sitio que él había previsto para el encuentro, y le pidió a la víctima que dijera en la pensión que iba a concurrir a un cumpleaños.

Durante el juicio, que comenzó el 23 de octubre pasado, también se le atribuyó haber contactado a otro chico de 15 años del mismo club, con la misma mecánica que al caso anterior, informó el MPA.

Advertida la Policía y una Fiscalía local, se pactó un encuentro el 7 de junio de aquel año a las 18 horas en un departamento ubicado en calle Santa Fe al 3200, en cercanías de la Terminal de Ómnibus de Rosario.

Bustos fue detenido al llegar al lugar, en el que lo aguardaba personal de la entonces Policía de Investigaciones (PDI), según se ventiló en el juicio. La defensa del exárbitro alegó que el acusado no cometió ningún delito, puesto que su verdadero fin era ofrecer masajes deportivos a futbolistas.

Sin embargo, para el juez Lanzón el hecho de que Bustos cambiara su identidad y le pidiera en un chat al chico que mintiera-”No hablés nada porque no los van a dejar”, escribió-, son elementos que prueban su interés ilícito.

En otro mensaje, el condenado le plantea a la víctima: “Si dicen que van a lo de un masajista capaz que le hacen bardo ¿O no? De última digan que tienen un cumple de una amiga y listo”.

Además de la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, el juez Lanzón estableció en la sentencia que el condenado debe fijar residencia, someterse al cuidado y control del Patronato de Liberados Bonaerense, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, someterse a un tratamiento psicológico y la “prohibición de contacto de todo tipo, electrónico, llamadas de teléfono, servicio de mensajería instancia, redes sociales, etc., con personas menores de edad ya sea por sí o por interpósita persona u ocultando su verdadera identidad”.

También tiene prohibido el contacto y de acercamiento con las víctimas y el acercamiento a pensiones o residencias de instituciones deportivas a las que concurran personas menores de edad, señala la sentencia, según informó Télam.

La fiscal Vallarella, al igual que la querella que constituyó el club Newell’s, habían solicitado la pena de 4 años de prisión para Bustos, que no es excarcelable.

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