El organismo oficial actuó de oficio, luego que Nacho Castro, el mendocino que promocionó por redes haber cometido cohecho, difundiera un video contando el caso.
Cometer un delito y propagandearlo por las redes sociales tienen sus consecuencias, y fue el caso del periodista mendocino Nacho Castro, quien grabó un video diciendo que había coimeado a un policía en el control policial con Mendoza porque le pedía la RTO actualizada.
Las instituciones funcionaron en San Juan y tras tomar conocimiento del caso, la Secretaría de Seguridad actuó de oficio y abrió una investigación para determinar qué sucedió.
Luego de que el periodista mendocino @nachocastro realizara una grave denuncia a través de la red social Instagram, donde aseguró que tuvo que sobornar a un policía sanjuanino para que no le retuviera el carnet de conducir, la Secretaría de Seguridad de la provincia de San Juan inició un expediente para investigar la presunta coima que Castro le habría pagado a policías sanjuaninos en el control San Carlos.
El periodista lo contó en un video que publicó en sus redes sociales y que rápidamente se viralizó. Desde el organismo oficial dijeron que, de comprobarse, sería un hecho grave que complicaría a los uniformados involucrados y hasta al denunciante, ya que asumió haber cometido un delito.
El escenario del hecho fue la frontera entre Mendoza y San Juan, el jueves de esta semana. El periodista sobornó al policía y se detuvo unos metros más adelante del control policial para contarle a sus seguidores lo que acababa de suceder.
Según manifestó Castro, el policía sanjuanino le esgrimió que la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) estaba vencida y que le tenía que retener el carnet de conducir. Para evitarlo, contó, el uniformado le pidió una coima de $3000 excusándose de que la multa era de $45.000. “Si querés deja algo ahí, arriba de la mesa”, le habría dicho el hombre que lo detuvo en San Carlos.
Enterados de la denuncia, en la Subsecretaría de Control de Gestión que depende de la Secretaría de Seguridad sanjuanina abrieron una investigación. Fuentes del organismo aseguraron que iniciaron de oficio una información sumaria, para determinar si el hecho existió.
Según las fuentes, se tomarán distintas medidas de prueba. Entre otras cosas, citar a los policías que estuvieron el jueves en el control de San Carlos, revisar el contenido de las cámaras de seguridad que hay en el lugar y convocar al denunciante, es decir a Castro.
En Control de Gestión, que está conformada por civiles y se encarga de evaluar y castigar las irregularidades cometidas por los policías de San Juan, aseguraron que se trata de una falta graves que, entre otros castigos, contempla la baja de la fuerza. Pero advirtieron que también el mendocino está en el ojo de la tormenta, porque en el video reconoció que cometió el delito de cohecho.
El organismo oficial es dirigido por el abogado Ignacio Coronado y su alcance es el de aplicar sanciones administrativas, aunque también está obligado en su carácter de funcionario público a denunciar en la Justicia Penal cuando toma conocimiento de un delito. Implica, entonces, que tanto el o los policías sospechados como Castro podrían ser sometidos a una causa penal y expuestos a una condena.
Los Andes San Juan intentó comunicarse con Castro pero no respondió los llamados.
CÓMO REGULA EL CÓDIGO PENAL EL COHECHO
“Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones”, indica el artículo 256. Que regula el cohecho pasivo, es decir la actitud del policía.
Mientras que la conducta del periodista Nacho Castro está comprendida en el artículo 424 del Código Penal que dice:
El particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, para que no realice o retrase el que debiera practicar, o en consideración a su cargo o función, será castigado en sus respectivos casos, con las mismas penas de prisión y multa que la autoridad, funcionario o persona corrompida.
Cuando un particular entregare la dádiva o retribución atendiendo la solicitud de la autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública, se le impondrán las mismas penas de prisión y multa que a ellos les correspondan.
Si la actuación conseguida o pretendida de la autoridad o funcionario tuviere relación con un procedimiento de contratación, de subvenciones o de subastas convocados por las Administraciones o entes públicos, se impondrá al particular y, en su caso, a la sociedad, asociación u organización a que representare la pena de inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con entes, organismos o entidades que formen parte del sector público y para gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social por un tiempo de cinco a diez años.
El policía esgrimió que la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) del conductor estaba vencida, pero según el periodista la misma estaba en los límites contemplados por la ley. Acorde a lo relatado por Castro, el efectivo policial no contempló los dos años de vigencia de la RTO para autos modelos 2016 en adelante.