El Código Electoral prevé todas las situaciones.
Según el artículo 15 del Código Electoral de San Juan, el voto es obligatorio y quienes no emitan su voto recibirán una sanción económica de entre $200 y $600 si no justifican su ausencia. Los sanjuaninos tendrán 90 días para justificar la exención.
En este contexto, quedarán exceptuados de votar las personas que pertenezcan a los siguientes grupos:
- Jóvenes de 16 y de 17 años.
- Mayores de 70 años.
- Jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deban votar.
- Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor.
- Personal de organismos o empresas de servicios públicos que se encuentre afectado el día de los comicios por razones laborales.
- Ciudadanos residentes en el exterior, aunque si quieren pueden hacerlo de manera voluntaria.