Se trata de un fallo histórico y por eso, la empresa tendrá que recalcular el monto y devolver el dinero en exceso de las cuotas.
En los últimos días se produjo un hecho inédito en nuestra provincia y es que la Justicia ordenó que una concesionaria pague una multa millonaria a un cliente por no cumplir el contrato y además, tendrá que redeterminar el valor de las cuotas de 2018 hasta la fecha. Sin embargo, el fallo no está firme debido a que ambas partes apelaron ante la Cámara Civil y se aguarda por la resolución definitiva.
Un usuario decidió denunciar ante la Justicia por escrito a una concesionaria por el excesivo aumento en la cuota de un auto cero kilómetro. En el mismo solicitó que se le realice un reajuste de la cuota, se le reintegrena portes y se condene a la administradora del plan de ahorro a pagar una multa y también por el daño que le ocasionó dicho incumplimiento.
A través de un fallo inédito, la Justicia provincial le dio la razón al usuario y ordenó a la empresa a pagar 300 mil pesos de multa por daño punitivo y 200 mil pesos por daño moral. Además, tendrá que redeterminar el valor de las cuotas desde 2018 hasta la fecha, teniendo en cuenta la inflación. Esto no está firme ya que ambas partes apelaron ante la Cámar Civil.
Ya son innumerables las quejas por parte de usuarios por el valor de los planes de ahorro que aseguran un excesivo aumento en sus cuotas. Quien había tomado intervención fue la Defensoría del Pueblo donde un grupo de ahorristas presentó una acción judicial contra las empresas.
Según lo publicado por Diario de Cuyo, el denunciante inició el plan de ahorro en el año 2017 y se había comprometido a pagar un valor equivalente a la mitad del vehículo (Sandero Authentique) en 84 cuotas. Un año más tarde, se le adjudicó el auto en $1.878 debido a que tenía un valor de $242.700, pero para 2019, el canon ascendió a los $5.345, siendo más del 140%. Debido a esto, el cliente presentó una demanda por escrito y desde la firma aseguraron que “había anexos del contrato que podían modificar el valor de la cuota”.
El fallo del juez
Humberto Conti Pico, titular del Juzgado Civil fue quien dictaminó el fallo contra la firma Plan Rombo de Ahorro para Fines Determinados, Pourtau Y Hnos. SA. Para eso, determinó que “se deberá tener en cuenta el valor el auto a mayo de 2018 (momento de la demanda) y dividirlo en 84 meses”. A cada mes se deberá adicionar el índice de precios al consumidor que publicó el Indec. Si se pagó una cuota superior a dicha cifra, se deberá computar como saldo a favor del cliente y, para el caso que con el nuevo cálculo se haya pagado todo el vehículo, se le deberá devolver el excedente”.
Por otro lado, Conti Pico fue crítico con la empresa y expresó: “Actuó con cierto grado de desaprensión e intereses hacia la persona” y cometió “flagrantes violaciones a los preceptos de raigambre constitucional como es la protección del consumidor”. Además, tendría que haberle avisado al cliente del aumento de la cuota.