21 de noviembre de 2024

Logo
Logo

Nueva tarjeta Alimentar, conocé los nuevos requisitos para tenerla

Nueva tarjeta Alimentar, conocé los nuevos requisitos para tenerla
Tarjeta Alimentar.

Todo lo que tenés que saber para poder tener más ingresos y evitar así los problemas de dinero que genera la inflación.

La Tarjeta Alimentar es uno de los tantos y necesarios programas sociales que brinda el gobierno nacional a los sectores más castigados por la inflación y por la falta de trabajo o de ingresos.

Por eso es que se crean esos programas, recordemos que la pobreza en el país supera el 40 por ciento y los jefes de hogar que tienen salarios que no les permite salir de la pobreza llega al 30 por ciento según el Observatorio Social de la UCA.

La nueva Tarjeta Alimentaria del Ministerio de Desarrollo Social abarca a diferentes grupos que recibirán todos los meses un monto económico para comprar elementos esenciales. Para eso, hay que cumplir ciertos requisitos.

El organismo entrega diferentes ayudas para los sectores más vulnerables, como el Plan Potenciar Trabajo para promover y mejorar el empleo en el ámbito de la Economía Popular.

Nueva Tarjeta Alimentaria

Se trata del nuevo plan Alimentar Comunidad al que podrán acceder un grupo de beneficiarios, se reglamentó a través de la resolución 230/2023 publicada en el Boletín Oficial.

Se entregará el nuevo plan Alimentar Comunidad a:

  • comedores
  • merenderos
  • organizaciones sociales
Además de la entrega de tarjetas, en las jornadas se brinda asesoramiento y se reciben reclamos.
Además de la entrega de tarjetas, en las jornadas se brinda asesoramiento y se reciben reclamos.

Plan Alimentar Comunidad: características de la ayuda económica

Se otorgará una tarjeta prepaga física o virtual, que se limitará en cuanto al uso a los rubros de alimentos, artículos de higiene, equipamiento y elementos para primeros auxilios.

Promoción de la oferta de productos, mejora de la trazabilidad del producto y monitoreo del proceso y de los productos adquiridos.

Brindar, en forma directa o a través de instituciones públicas o privadas, capacitadas para tal fin, asistencia y capacitación a los comedores y merenderos y organizaciones sociales y comunitarias.

Tarjeta Alimentar Comunidad: monto

No se conoce cuál será el monto de la Alimentar Comunidad, ya que eso dependerá de la decisión de la autoridad de aplicación, en función de la demanda que tenga la organización.

Será una acreditación mensual proveniente del Ministerio de Desarrollo Social, pero no brindará la posibilidad de retirar el monto en efectivo, para asegurarse que se gaste en los rubros que establece el programa.

  • Estarán habilitadas tanto las tarjetas como las billeteras virtuales y los pagos mediante QR.
Tarjeta Alimentar
Tarjeta Alimentar

Requisitos para cobrar la nueva Tarjeta Alimentaria

Las condiciones para recibir este programa son:

Tarjeta Alimentar
Tarjeta Alimentar
  • Podrán cobrar la nueva tarjeta alimentaria los comedores, merenderos, organizaciones sociales y comunitarias que estén inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos (RENACOM).
  • El programa es incompatible para aquellos que perciban otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Documentación a presentar
  • Los requisitos para organizaciones de la sociedad civil, comunitarias y sociales:
  • Constancia de inscripción en AFIP de la organización.
  • Nota de solicitud de inclusión suscripta por la máxima autoridad de la organización solicitante.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Copia de los DNI de las autoridades que por Estatuto representen a la entidad.
Tarjeta Alimentar. Los pagos comenzarán a acreditarse el 17 de febrero. (La Voz / Archivo)
Tarjeta Alimentar. Los pagos comenzarán a acreditarse el 17 de febrero. (La Voz / Archivo)
  • Fotocopia autenticada del Acta o del poder de la Comisión Directiva u órgano superior equivalente de la organización, en la que se resuelve solicitar el subsidio y se autoriza al Presidente, representante legal o cargo equivalente superior a suscribir la solicitud, la aceptación, el o los convenios respectivos.
  • Fotocopia autenticada del estatuto actualizado.
  • Fotocopia autenticada de la designación de autoridades vigentes.
  • Fotocopia autenticada de la resolución de la autoridad competente que otorgó la personería jurídica que se invoca.
  • Los requisitos para las organizaciones sociales, conformadas de hecho o sin personería jurídica, que solicitan el subsidio representadas por una persona humana, deberán presentar:
  • Nota de solicitud de inclusión dirigida a la Titular de la Secretaría de Articulación de Política Social, con firma ológrafa.
  • Declaración Jurada en la que manifieste no estar percibiendo otros subsidios nacionales, por el mismo concepto y por igual fin.
  • Documentación de dos personas responsables que ejercerán la representación de la organización en forma conjunta: Nombre y apellido, fotocopia de DNI (frente y dorso).
Tarjeta Alimentar
Tarjeta Alimentar
  • Acta de asamblea de la organización donde conste el año de inicio de las actividades, miembros (Nombre, Apellido y DNI), objetivos, líneas de acción y población destinataria. Deberán acompañar aval firmado por miembros autorizando a la persona que ejercerá la representación y gestión relacionadas a la administración, y rendición del subsidio otorgado. La voluntad de asociarse por sus miembros manifestada en la mencionada acta de asamblea de la organización de base, deberá ser certificada por un funcionario o agente interviniente del Ministerio de Desarrollo Social, o bien, indistintamente por, Juez de Paz, autoridad policial y/o Municipal del domicilio del presentante o escritura pública.
  • Declaración Jurada por parte de la/el representante de la Organización que exprese la voluntad de inscribirla al Registro Voluntario de Simples Asociaciones de la Inspección General de Justicia o en el Registro correspondiente a su Jurisdicción.
  • Dos documentos (notas, informes técnicos y otro tipo de manifestación) que avalen el trabajo de la organización en el territorio. El aval deberá ser de instituciones gubernamentales, provinciales o municipales, o no gubernamentales, y deberá estar firmado y sellado por la autoridad del área de la referida institución que tiene a su cargo la temática motivo del aval.
  • Material de difusión vinculado a las actividades que realiza la organización (fotos, videos, notas de prensa, entre otros) que acrediten sus antecedentes y trabajo en el territorio, y cualquier otro documento que permita acreditar la existencia real e inserción territorial del colectivo.

COMPARTIR NOTA